viernes, 15 de abril de 2016

DERECHO INFORMÁTICO E INFORMÁTICA JURÍDICA

DERECHO  INFORMÁTICA JURÍDICA

1.    Según la relación del objeto
El Derecho Informático e Informática Jurídica viene consagrándose como uno es el punto central y la otra es la herramienta o complemento. Sin embargo, el Tratadista argentino Ricardo Guibourg especifica su relación de objeto es “la informática y el derecho”[1], es decir, su campo de acción donde el derecho informático se desarrolla está en el terreno de las normas jurídicas donde esta generada a la aparición de la Informática como otro plano. Se concentrara en el hecho de que el plano de la informática genera un nuevo conflicto donde se desarrollara el Derecho tomando o adaptándose a la misma.

2.    La aplicación de la Informática Jurídica documental.
Este tipo es “el tratamiento de la información jurídica (...) y su alineamiento lógico y sistemático para posterior información”[2], como se indica es la sistematización o facilitación de información mediante el uso de la informática.

El primer caso es el Sistema Peruano de Información Jurídica el cual contiene la Constitución Política de 1979 y de 1993, 12 Códigos (Civil, Penal, Procesal Civil, etc), Leyes Orgánicas, Compendios de Legislación por Materias, Legislación General y Particular (Poderes del Estado, Organismos Autónomos, Gobiernos Regionales y Locales, etc), Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPAS, Jurisprudencia Judicial y Administrativa, Directorio de Asesorías Jurídicas, entre otras normas.
Asimismo está establecido mediante la dirección  http://spij.minjus.gob.pe/.

En segundo caso es la facilitación de información no solo a operadores de derecho sino a los usuarios por tal motivo se crea el portal web  http://www.peru.gob.pe/ indicando como una base datos del gobierno nacional hacia el público en general mostrándose no solo datos e información no jurídica sino los formatos o temas jurídicas de manera general.

3.    La aplicación de la Informática Jurídica de Gestión o Control.
Este último tipo se “trata de los servicios más o menos rutinarios que el computador puede ejecutar en auxilio del jurista”[3], no solo es el almacenamiento de datos sino como una herramienta que proporcione datos específicos.

La Superintendencia Nacional de Registros Públicos donde una de sus funciones o atribuciones es el de inscribir y publicitar actos, contratos, derechos y titularidades de las personas, como la supervisión de los Órganos sujetados a las atribuciones al mismo. Donde su dirección es https://www.sunarp.gob.pe/.

Además está la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP la cual está alojada en el sitio web de http://www.sbs.gob.pe/ donde especifica información con respecto al capital humano como también información financiera como sistema de prevención y detención de acciones ilegales en el uso de este sistema financiero.

La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) es un organismo público que están vinculados al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la ejecución de los actos de adquisición, disposición, administración, registro y control de los bienes de propiedad estatal cuya administración está a su cargo de acuerdo con la normatividad vigente donde se expone en transparencia institucional en el uso de tales bienes en el http://www.sbn.gob.pe/ formaliza y agudiza la brevedad de la información hacia una investigación judicial.

4.    La aplicación de la Informática Jurídica Decisional.
Se debe entender que la informática jurídica es donde el ordenador tiene uno de sus fines es “elaborar los programas y diagramas o flujos de decisión para que el computador pueda “decidir” determinadas cuestiones como auxiliar del decisor humano”[4], es decir, indicar que el ordenador tiene la capacidad decidir en una decisión judicial o de ser en esencia el soporte esencial de la decisión judicial.

Los primeros casos o intentos de crear un sistema autónoma informático para la resolución de casos son:

·         En Japón se desarrolló un mecanismo tecnológico por la Universidad Tahoku en Sendai donde relevo 79 decisiones de la Corte de Distrito de Tokio utilizando variables correspondientes a las indemnizaciones de accidentes de tránsitos según: Los ingresos, la edad, el sexo y la responsabilidad de la víctima o el conductor donde determinan significa mente las indemnizaciones.

·         En Italia se creó un automa infortunistico el cual el Instituto Jurídica para la Documentaria de Florencia donde el autómata se le desarrollo en 2 planos; el primero es el jurídico, y el segundo, el fáctico donde está en relación al criterio de cuantificación debido a la semejanza al modelo japonés lo basaron en los accidentes de tránsito como un objetivo es el daño a las cosas y a las personas. Además, los datos almacenados para la resolución es el uso de datos normativos y jurisprudenciales.

·         En Francia se crea una la “CHERCHEZ LA FRANCE” donde esta Ley Francesa genera un sistema donde crea un banco de datos entre privados y públicos relacionados con la victima de accidentes de tránsito la. La cual crea la recolección de los datos de las jurisprudencias relacionadas a este caso donde las empresas aseguradoras como entidades privadas proveían de información y las públicas son las ya mencionadas jurisprudencias en relaciona los montos y las sentencias de las mismas.   



[1] A. GUIBOURG, Ricardo (1993). Informática Jurídica Decisoria. 1ra Edición de la Editorial ASTREA de ALFREDO y RICARDO DEPALMA S.R.L. Buenos Aires- Argentina. Pág. 32.
[2] Ibídem. Pág. 23-24.
[3] Ibídem. Pág. 24.
[4] Ídem. 

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