DERECHO INFORMÁTICA JURÍDICA
1.
Según la relación del objeto
El Derecho Informático e Informática Jurídica viene
consagrándose como uno es el punto central y la otra es la herramienta o
complemento. Sin embargo, el Tratadista argentino Ricardo Guibourg especifica
su relación de objeto es “la informática y el derecho”[1],
es decir, su campo de acción donde el derecho informático se desarrolla está en
el terreno de las normas jurídicas donde esta generada a la aparición de la
Informática como otro plano. Se concentrara en el hecho de que el plano de la
informática genera un nuevo conflicto donde se desarrollara el Derecho tomando
o adaptándose a la misma.
2.
La aplicación de la Informática Jurídica documental.
Este
tipo es “el tratamiento de la información jurídica (...) y su alineamiento
lógico y sistemático para posterior información”[2], como se indica es la
sistematización o facilitación de información mediante el uso de la
informática.
El
primer caso es el Sistema Peruano de Información Jurídica el cual contiene la
Constitución Política de 1979 y de 1993, 12 Códigos (Civil, Penal, Procesal
Civil, etc), Leyes Orgánicas, Compendios de Legislación por Materias,
Legislación General y Particular (Poderes del Estado, Organismos Autónomos,
Gobiernos Regionales y Locales, etc), Textos Únicos de Procedimientos
Administrativos – TUPAS, Jurisprudencia Judicial y Administrativa, Directorio
de Asesorías Jurídicas, entre otras normas.
Asimismo
está establecido mediante la dirección http://spij.minjus.gob.pe/.
En
segundo caso es la facilitación de información no solo a operadores de derecho
sino a los usuarios por tal motivo se crea el portal web http://www.peru.gob.pe/ indicando como una
base datos del gobierno nacional hacia el público en general mostrándose no
solo datos e información no jurídica sino los formatos o temas jurídicas de
manera general.
3.
La aplicación de la Informática Jurídica de Gestión o
Control.
Este último tipo se “trata de los servicios más o menos
rutinarios que el computador puede ejecutar en auxilio del jurista”[3],
no solo es el almacenamiento de datos sino como una herramienta que proporcione
datos específicos.
La Superintendencia Nacional
de Registros Públicos donde una de sus funciones o atribuciones es el de inscribir
y publicitar actos, contratos, derechos y titularidades de las personas, como
la supervisión de los Órganos sujetados a las atribuciones al mismo. Donde su
dirección es https://www.sunarp.gob.pe/.
Además está la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP la cual está alojada en el sitio web
de http://www.sbs.gob.pe/ donde especifica información con respecto al capital
humano como también información financiera como sistema de prevención y
detención de acciones ilegales en el uso de este sistema financiero.
La Superintendencia Nacional
de Bienes Estatales (SBN) es un organismo público que están vinculados al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la ejecución de los
actos de adquisición, disposición, administración, registro y control de los
bienes de propiedad estatal cuya administración está a su cargo de acuerdo con
la normatividad vigente donde se expone en transparencia institucional en el
uso de tales bienes en el http://www.sbn.gob.pe/ formaliza y agudiza la
brevedad de la información hacia una investigación judicial.
4.
La aplicación de la Informática Jurídica Decisional.
Se debe entender que la informática jurídica es donde el
ordenador tiene uno de sus fines es “elaborar los programas y diagramas o
flujos de decisión para que el computador pueda “decidir” determinadas
cuestiones como auxiliar del decisor humano”[4],
es decir, indicar que el ordenador tiene la capacidad decidir en una decisión
judicial o de ser en esencia el soporte esencial de la decisión judicial.
Los primeros casos o intentos de crear un sistema
autónoma informático para la resolución de casos son:
·
En Japón se
desarrolló un mecanismo tecnológico por la Universidad Tahoku en Sendai donde
relevo 79 decisiones de la Corte de Distrito de Tokio utilizando variables
correspondientes a las indemnizaciones de accidentes de tránsitos según: Los
ingresos, la edad, el sexo y la responsabilidad de la víctima o el conductor
donde determinan significa mente las indemnizaciones.
·
En Italia se creó un automa
infortunistico el cual el Instituto Jurídica para la Documentaria de Florencia
donde el autómata se le desarrollo en 2 planos; el primero es el jurídico, y el
segundo, el fáctico donde está en relación al criterio de cuantificación debido
a la semejanza al modelo japonés lo basaron en los accidentes de tránsito como
un objetivo es el daño a las cosas y a las personas. Además, los datos
almacenados para la resolución es el uso de datos normativos y
jurisprudenciales.
·
En Francia se crea
una la “CHERCHEZ LA FRANCE” donde esta Ley Francesa genera un sistema donde
crea un banco de datos entre privados y públicos relacionados con la victima de
accidentes de tránsito la. La cual crea la recolección de los datos de las
jurisprudencias relacionadas a este caso donde las empresas aseguradoras como
entidades privadas proveían de información y las públicas son las ya mencionadas
jurisprudencias en relaciona los montos y las sentencias de las mismas.
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